ARTÍCULO

Se reestablece y amplía el Programa de Incremento Exportador

El objetivo es estimular a ciertos exportadores a liquidar divisas.

2 de Mayo de 2023
Se reestablece y amplía el Programa de Incremento Exportador

El 9 de abril de 2023, mediante el Decreto n.° 194/2023, el Poder Ejecutivo Nacional restituyó y amplió el Programa de Incremento Exportador, de manera extraordinaria y transitoria, para fortalecer las reservas del Banco Central de la República Argentina. El Programa había sido inicialmente implementado mediante el Decreto n.° 576/2022 y más tarde fue reestablecido a través del Decreto n.° 787/222. Para más información sobre la creación del Programa, leer este artículo: https://www.marval.com/publicacion/dolar-soja-un-nuevo-programa-busca-fortalecer-las-reservas-del-banco-central-de-la-republica-argentina-14314&lang=es

El Programa está destinado a los sujetos que hayan exportado cultivos de soja en los últimos 18 meses.. Para adherirse, el contravalor de la exportación debe ser ingresado al país en divisas y liquidado en el mercado de cambios. Como incentivo, las liquidaciones serán a un tipo de cambio de ARS 300 por dólar estadounidense (más alto que el dólar oficial de aproximadamente ARS 230).

Las operaciones concertadas bajo el programa podrán realizarse hasta el 31 de mayo de 2023

Asimismo, el decreto, de manera extraordinaria y transitoria, amplía el programa a diferentes áreas de la economía, para incentivar las exportaciones y la liquidación de divisas.

Este incentivo está dirigido a aquellos sujetos que exporten mercaderías, entre otros:

  1. productos del reino animal y vegetal, comprendiendo grasas, aceites, ceras, bebidas, líquidos alcohólicos y tabaco
  2.  productos químicos
  3.  madera y carbón
  4.  textiles

Los exportadores deberán cumplir con los requisitos de elegibilidad que estableció el Ministerio de Economía, teniendo en cuenta:

1. la capacidad de abastecimiento en el mercado local

 2. el nivel de empleo generado

       3. el cumplimiento a los acuerdos de precios sectoriales

Quienes se inscriban deberán haber exportado las mercaderías cuyas posiciones arancelarias se encuentren incluidas en la ampliación del programa durante  los últimos 18 meses..

La adhesión al programa es voluntaria y, como incentivo para la exportación y liquidación de divisas, los adherentes gozarán de los mismos beneficios que los exportadores de cultivos de soja.

. El plazo para liquidar divisas a través de la ampliación del programa es hasta el 31 de agosto de 2023.