Se modificó el monto máximo en circulación de las emisiones de las PyMES

El 4 de marzo de 2008 se publicó el Decreto N° 319/2008 (el “Decreto”), por medio del cual se modifica el artículo 2 del Decreto N° 1087/1993.
El Decreto N° 1087/1993 estableció que las pequeñas y medianas empresas serían automáticamente autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores representativos de deuda previo registro ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y fijaba el monto máximo en circulación en $ 5.000.000.
El Decreto elevó ese monto máximo a $ 15.000.000 y dispuso que la CNV debe dictar las normas necesarias para la implementación de lo dispuesto dentro de los 90 días de la entrada en vigencia del Decreto.
El Decreto N° 1087/1993 había quedado desactualizado a raíz del crecimiento del producto bruto interno y la inflación en la Argentina. Además, la CNV venía impulsando el proyecto con el objetivo de que las PyMES tengan un mayor nivel de fondeo a través del mercado de capitales.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.