ARTÍCULO

Se modificó el monto máximo en circulación de las emisiones de las PyMES

El Poder Ejecutivo modificó el monto máximo en circulación de las emisiones de las PyMES.
21 de Abril de 2008
Se modificó el monto máximo en circulación de las emisiones de las PyMES

 El 4 de marzo de 2008 se publicó el Decreto N° 319/2008 (el “Decreto”), por medio del cual se modifica el artículo 2 del Decreto N° 1087/1993.

El Decreto N° 1087/1993 estableció que las pequeñas y medianas empresas serían automáticamente autorizadas a hacer oferta pública de títulos valores representativos de deuda previo registro ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y fijaba el monto máximo en circulación en $ 5.000.000.

El Decreto elevó ese monto máximo a $ 15.000.000 y dispuso que la CNV debe dictar las normas necesarias para la implementación de lo dispuesto dentro de los 90 días de la entrada en vigencia del Decreto.

El Decreto N° 1087/1993 había quedado desactualizado a raíz del crecimiento del producto bruto interno y la inflación en la Argentina. Además, la CNV venía impulsando el proyecto con el objetivo de que las PyMES tengan un mayor nivel de fondeo a través del mercado de capitales.