Se actualiza la reglamentación de la firma digital
La normativa busca modernizar y optimizar los procesos relacionados con la emisión, renovación y revocación de certificados digitales.

El 19 de agosto de 2024, se promulgó el Decreto 743/2024, que introdujo cambios en la reglamentación de la Ley de Firma Digital 25506. Esta Ley, junto con sus modificatorias y reglamentaciones, constituye la base legal para el uso de firmas electrónicas y digitales en la Argentina. Tiene como objetivo asegurar la validez jurídica de los documentos electrónicos y fomentar la modernización administrativa a través de la tecnología.
El flamante Decreto 743 introduce modificaciones en dos artículos del Anexo del Decreto 182/2019, reglamentario de la Ley de Firma Digital:
- Artículo 21, Inciso 2: La verificación de identidad de los solicitantes o suscriptores de certificados digitales podrá realizarse mediante autenticación biométrica, tanto de manera presencial como remota. Para la autenticación de manera remota, el Certificador Licenciado utilizará los servicios de validación de identidad, en tiempo real, que utilicen el confronte de datos del Registro Nacional de las Personas.
- Artículo 27: Elimina la presencialidad física ante el Certificador Licenciado o sus Autoridades de Registro[1] para la emisión, renovación o revocación del certificado digital. La medida busca facilitar los trámites y promover una mayor accesibilidad y eficiencia en el proceso.
Esta novedad tiene como principal objetivo agilizar y simplificar los trámites administrativos para obtener la firma digital. El uso de herramientas tecnológicas incrementa la transparencia y accesibilidad, beneficiando a los ciudadanos y a las instituciones públicas y privadas. Esta medida contribuirá para que la Argentina se adecúe a las prácticas internacionales en materia de identificación digital.
[1] Los “Certificadores Licenciados” son las entidades que se encuentran habilitadas por el Ente Licenciante para emitir certificados digitales en el marco de la Ley de Firma Digital. El Ente Licenciante es la Subsecretaría de Innovación Administrativa, dependiente de la Secretaría de Innovación Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y es la encargada de otorgar, denegar o revocar las licencias de los certificadores licenciados y de supervisar su accionar. Finalmente, las Autoridades de Registro son entidades que pueden ejercer las funciones de validación de identidad, ante la delegación de algún Certificador Licenciado.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.