ARTÍCULO

Salario Mínimo, Vital y Móvil

El Consejo Nacional del Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil resolvió el incremento del Salario Mínimo, Vital y Móvil.
31 de Agosto de 2011
Salario Mínimo, Vital y Móvil

Con fecha 30 de agosto de 2011 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 2/2011 del Consejo Nacional del Empleo, Productividad y Salario Mínimo, Vital y Móvil, por la que se incrementa el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Para los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúa como empleador, la Resolución fija a partir del 1 de septiembre de 2011, un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS ($2300) para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, y de PESOS ONCE CON CINCUENTA ($ 11,50) por hora para los trabajadores jornalizados.

Dicho Salario Mínimo, Vital y Móvil será percibido en forma proporcional por los trabajadores contratados a tiempo parcial y los trabajadores contratados con jornada reducida.