Robo de auto en estacionamiento de supermercado - Prueba

En un reciente fallo del 9 de agosto de 2004, la Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial reafirmó su cada vez más sólida posición de que la denuncia policial del asegurado no resulta suficiente prueba para considerar acreditado el robo de un vehículo de la playa de estacionamiento de un supermercado.
En autos “Omega Cooperativa de Seguros Limitada c/ Carrefour Argentina S.A. s/ ordinario”, la actora reclamó el recupero de la suma pagada a su asegurado por el robo de un automotor que, según su asegurado, había ocurrido en la playa de estacionamiento de un local de Carrefour Argentina S.A. Dado que la actora había pagado el siniestro a su asegurado, había adquirido por subrogación (artículo 80, Ley 17.418), los derechos que pertenecían al asegurado contra el tercero responsable, y asumió, automáticamente, idéntica posición sustancial y procesal al asegurado.
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda por considerar que el robo del automotor de la playa de estacionamiento de Carrefour Argentina S.A. se encontraba probado con la denuncia policial realizada por el damnificado. A consecuencia de ello, responsabilizó al propietario del estacionamiento por la sustracción del vehículo.
Recurrida la sentencia y en oportunidad de expresar los correspondientes agravios, el demandado, representado por Marval, O’Farrell & Mairal, sostuvo que la sola denuncia del damnificado no resultaba prueba suficiente del hecho. La Cámara, recogiendo los argumentos de la defensa, sostuvo que la denuncia policial efectuada por quien era titular del rodado y asegurado de la actora, no es elemento suficiente de convicción en tanto constituye un relato unilateral del propio damnificado.
En consecuencia, la Cámara rechazó la demanda dirigida contra Carrefour Argentina S.A. por considerar que no se encontraba probado el hecho base del reclamo.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.