Proyecto de Ley de “Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”: perspectivas del sector de Telecomunicaciones, Medios y Tecnología
Principales perspectivas del sector.

- Se modifica la Ley de fomento de la actividad cinematográfica nacional 17741 (Ley de Cine).
Esta reforma pretende eliminar el Registro Público de la Actividad Cinematográfica y Audiovisual, en el cual deben registrarse las personas físicas y/o jurídicas que integran las diferentes ramas de la industria y el comercio cinematográfico y audiovisual; productoras de cine, televisión y video; distribuidoras, exhibidoras, laboratorios; estudios cinematográficos; empresas editoras, distribuidoras de videogramas grabados, titulares de videoclubes y/o todo otro local o empresa dedicada a la venta, locación o exhibición de películas por el sistema de videocasete o por cualquier otro medio.
En línea con esto, se elimina el impuesto equivalente al 10 % sobre el precio de venta o locación de todo tipo de videograma grabado, destinado a su exhibición pública o privada, cualquiera fuere su género (art. 21 inc. b, Ley de Cine, art. 564 del Proyecto), cuya percepción y fiscalización se encontraba a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) (art. 22, Ley de Cine, art. 578 del Proyecto).
Con esta eliminación, ya no sería necesario estar inscripto en el Registro para poder actuar en cualquiera de las mencionadas actividades (art. 57, Ley de Cine, art. 578 del Proyecto).
Cabe recordar que, en el marco de este Registro, el INCAA emitió diversas resoluciones dirigidas a las plataformas over-the-top. Con esta eliminación, quedarían fuera del alcance de la regulación de la Ley de Cine el registro y la obligación de pago de aranceles y gravámenes por parte de dichas plataformas, entre otros sujetos de la industria.
- Empresas públicas sujetas a privatización
La reforma declara “sujeta a privatización”, en los términos y con los efectos de la Ley 23696 de Reforma del Estado, a ciertas empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatal:
- Empresa Argentina de Soluciones Satelitales SA
- Contenidos Públicos SE
- Correo Oficial de la República Argentina SA
- EDUC.AR SE
- Innovaciones Tecnológicas Agropecuarias SA
- Polo Tecnológico Constituyentes SA
- Radio de la Universidad Nacional del Litoral SA
- Radio y Televisión Argentina SE
- Servicio de Radio y Televisión de la Universidad de Córdoba SA
- TELAM SE
- Vehículo Espacial Nueva Generación SA
- Se modifica la Ley de Tránsito 24449
El Proyecto de Ley incorpora modificaciones a la Ley de Tránsito, y se autoriza la que sistemas autónomos conduzcan vehículos autodirigidos.
En este sentido, define a los vehículos autodirigidos como “todo vehículo automotor que cuenta con un sistema de conducción que no necesita de la intervención humana”. Estos podrán utilizarse también para transporte de pasajeros o carga (art. 20 bis, Ley de Tránsito).
Para circular, los vehículos autodirigidos deben tener un software autorizado por el Poder Ejecutivo Nacional, que cumpla con la condición de demostrar “una siniestralidad menor al promedio de la siniestralidad correspondiente a la conducción humana”. La autoridad de aplicación puede autorizar la circulación provisoria del software o utilizar los datos aportados por sus desarrolladores en otros países para compilar tales datos” (art. 20 ter, Ley de Tránsito).
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.