ARTÍCULO

Nuevo régimen de importación de bienes usados para la industria hidrocarburífera

El 12 de agosto de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional publicó en el Boletín Oficial el Decreto PEN N° 555/2019 por el que se instituyen nuevos beneficios a la importación definitiva de bienes de la industria hidrocarburífera.

2 de Septiembre de 2019
Nuevo régimen de importación de bienes usados para la industria hidrocarburífera

El antecedente inmediato de este régimen para reducir la carga fiscal de las importaciones de bienes de capital para ser utilizados en la industria hidrocarburífera se encuentra en el Decreto PEN N° 629/17. Esta norma se encontró vigente hasta el 30 de junio de 2019, por lo que, entre esa fecha y la publicación de este nuevo decreto, no hubo régimen promocional aplicable alguno.

El sistema establecido por el Decreto PEN N° 555/19 no puede entenderse como una mera extensión del régimen anterior ya que establece compromisos más laxos que este y una tributación variable en función de la antigüedad de los bienes que se pretenden importar.

Para poder ser beneficiario del régimen, se exige que sea una empresa petrolera registrada como tal o que se trate de una empresa de servicios petroleros.

El régimen prevé dos grupos de bienes según la posición arancelaria que tengan: en un grupo, la tributación es variable en el margen del 7 % al 35 %, según la antigüedad del bien, mientras que el otro grupo tributa al 0 %. Los bienes del primer grupo pueden tener hasta diez años de antigüedad mientras que los del segundo pueden tener hasta veinte. Todos estos bienes se encuentran exceptuados del pago de la tasa de estadística.

Los bienes promovidos se encuentran exceptuados de la certificación requerida para el régimen general de importación de bienes de capital usados (Resolución N° 909/94), en la medida en que obtengan el Certificado de Importación de este régimen.

En este régimen no se exige un compromiso de integración de bienes nacionales. Sin embargo, cabe mencionar que los beneficios otorgados mediante el régimen del Decreto N° 629/17 subsisten con las condiciones allí establecidas.