Nueva disposición sobre el Régimen de Regularización de Activos
La CNV precisó el tratamiento de los saldos líquidos disponibles en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos
El 18 de septiembre de 2024, la Comisión Nacional de Valores (CNV) emitió la Resolución General 1017. Allí, complementó las disposiciones recientemente emitidas sobre el Régimen de Regularización de Activos −creado a partir de la aprobación de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes 27743 (para más información, consulte aquí)−.
A través de la RG 1017, la CNV precisó el tratamiento operativo que deberá darse a los saldos líquidos disponibles en las Cuentas Especiales de Regularización de Activos. De esta manera −atendiendo los planteos formulados por la Cámara de Agentes de Bolsa− se estableció que, cumplido el plazo de diez días hábiles para concertar y liquidar las operaciones que involucren a activos elegibles, los fondos no invertidos −total o parcialmente− deberán ser transferidos y acreditados por los Agentes en la cuenta bancaria denominada “Cuenta Especial de Regularización de Activos” de titularidad o cotitularidad del respectivo cliente. Esto sucederá en la medida en que dichos fondos superen la menor de estas alternativas:
(i) el equivalente al 3 % de la totalidad de los fondos de titularidad o cotitularidad del cliente en cuestión; o
(ii) el equivalente a 1500 Unidades de Valor Adquisitivo (UVA), actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER), debiendo tomar como referencia el valor UVA del mes inmediato anterior.
Asimismo, la CNV también dispuso que los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) deberán solicitar indicaciones expresas al cliente respecto del tratamiento de los saldos líquidos disponibles a los que les resulten aplicables los parámetros indicados precedentemente.
Por último, cabe destacar que la CNV ya había dictado −en el ámbito de sus competencias, y mediante la Resolución General 1010 y la Resolución General 1014− las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes 27743, en el marco del Régimen de Regularización de Activos (para más información, consulte aquí).
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.