La UIF aprobó un nuevo procedimiento de supervisión basado en riesgos
Se reglamenta el procedimiento para monitorear las actividades de los sujetos obligados y así detectar nuevos riesgos o comportamientos irregulares.

El 14 de abril de 2023, la Unidad de Información Financiera (UIF) publicó en el Boletín Oficial la Resolución n.° 61/2023, que aprueba el “Procedimiento de supervisión basado en riesgos de la UIF” para controlar que los sujetos obligados (SO) cumplan con las obligaciones y para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT). Asimismo, la medida busca evitar que terceros utilicen los activos con objetivos criminales de LA/FT, según los estándares internacionales y los resultados de las evaluaciones nacionales del Grupo de Acción Financiera Internacional.
Esta nueva resolución, que entró en vigencia el mismo día que su publicación, deroga la Resolución UIF n.° 154/2018 y el segundo párrafo de los artículos 39 de la Resolución UIF n.° 21/2018; 44 de la Resolución UIF n.° 28/2018, y 39 de la Resolución UIF n.° 76/2019.
La nueva normativa incorpora un procedimiento de monitoreo basado en riesgo para revisar de forma continua y sistemática las actividades de los SO y así detectar nuevos riesgos o comportamientos irregulares. A su vez, la resolución busca verificar que se cumplan las medidas de debida diligencia del cliente y que se realicen reportes sistemáticos.
Por último, se suprimen los planes de regularización y se establece en su lugar acciones correctivas de cumplimiento, idóneas y proporcionales para corregir situaciones de incumplimientos mayores, subsanar inobservancias menores y/o prevenir que los SO incumplan con las normas en materia de PLA/FT.
Las acciones correctivas podrán materializarse:
a) dictando órdenes específicas de cumplimiento inmediato o progresivo, fijando un plazo para su implementación;
b) requiriendo informes periódicos sobre el avance de las medidas implementadas por el SO;
c) celebrando reuniones con el Oficial de Cumplimiento y/o la máxima autoridad del SO, así como también con el/los encargado/s de su control interno en materia de PLA/FT.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.