La IGJ admite reuniones de directorio y asamblea a distancia

En el marco de la emergencia existente y con efecto en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Inspección General de Justicia (IGJ), mediante la Resolución 11/2020 publicada en el Boletín Oficial el día 26 de marzo, admitirá las reuniones de aquellos órganos de administración y gobierno societarios o de asociaciones civiles o fundaciones celebradas a distancia mediante la utilización de medios o plataformas informáticas o digitales, cuando estén contempladas en los respectivos estatutos. Sin perjuicio de ello y mientras se encuentran en vigencia las restricciones a la circulación general, las sociedades y demás entidades podrán hacer uso de esta modalidad, aun cuando no se encontraren previstas estatutariamente.
La Resolución exige el cumplimiento de los siguientes recaudos para llevar a cabo las reuniones a distancia:
- La libre accesibilidad de todos los participantes.
- La posibilidad de participar mediante plataformas que permitan la transmisión en simultáneo de audio y video.
- La participación con voz y voto de todos los miembros y del órgano de fiscalización, en su caso.
- Que la reunión sea grabada en soporte digital.
- Que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de cinco años, la que debe estar a disposición de cualquier socio que la solicite.
- Que la reunión sea transcripta en el correspondiente libro social, dejándose expresa constancia de las personas que participaron, y que esté suscripta por el representante.
- Que en la convocatoria y en su comunicación por la vía legal y estatutaria correspondiente se informe de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso, a los efectos de permitir dicha participación.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.