Inspección General de Justicia: aumentos de capital y prima de emisión

El 6 de octubre de 2006 la Inspección General de Justicia (“IGJ”), organismo a cargo del Registro Público de Comercio de la Ciudad de Buenos Aires, emitió la Resolución General Nº 9/2006 (“Resolución 9/06”) mediante la cual establece los requisitos para la inscripción en la IGJ de los aumentos de capital social de carácter efectivo o con aplicación del artículo 197 de la Ley de Sociedades Comerciales (“LSC”).
En este sentido, los aumentos de capital social que se aprueben en asambleas de accionistas convocadas a partir del 1 de enero de 2007 deberán incluir en el valor de suscripción de acciones una prima de emisión, cuando el valor de las acciones emitidas con anterioridad al aumento sujeto a inscripción sea superior a su valor nominal.
A su vez, la Resolución 9/06 determina la manera en que deberá justificarse el mayor valor de las acciones emitidas con anterioridad al aumento, estableciendo que el mismo deberá surgir de un balance, ya sea general o especial, dependiendo del lapso que transcurra entre la fecha de cierre de los balances y la de la asamblea que resuelve el aumento de capital.
Sin embargo, la Resolución 9/06 no será aplicable cuando:
(i) las resoluciones sociales hayan sido adoptadas en asambleas unánimes;
(ii) todos los accionistas hayan ejercido en forma total su derecho de suscripción preferente, o hayan ejercido su derecho de receso en los supuestos del artículo 245 de la Ley de Sociedades Comerciales;
(iii) hubiere estipulaciones especiales en los estatutos sociales.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.