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Inauguración del “Panel Pymes” y creación de la figura del “Hacedor de Mercado de Empresas Pymes”

Las sociedades anónimas que califican como pequeñas y medianas empresas (“Pymes”) tienen desde el 5 de diciembre de 2006 su propio panel de cotización en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el “Panel Pymes”.
5 de Febrero de 2007
Inauguración del “Panel Pymes” y creación de la figura del “Hacedor de Mercado de Empresas Pymes”

Si bien el Panel Pymes fue creado a fines del año 2002, en virtud de la Resolución de Consejo Nº 2 de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires de fecha 27 de noviembre de 2002, la inauguración oficial de dicho panel se produjo el pasado 5 de diciembre con el ingreso de cotización de las acciones de las empresas Insuagro y Dacsa.

El Panel Pymes se creó con el objeto de facilitar la obtención de financiamiento de las Pymes que les permitiera el desarrollo de sus actividades y proyectos, mediante el acceso al mercado de capitales para la colocación y negociación de sus acciones.

A fin de fomentar la operatoria del Panel Pymes y de otorgar mayor liquidez a las operaciones que se realicen con valores negociables de las Pymes dentro del mercado local, el Mercado de Valores de Buenos Aires S.A. (“Merval”) creó la figura del “Hacedor de Mercado de Empresas Pymes” (el “Hacedor de Mercado”). Con fecha 4 de diciembre de 2006 la Comisión Nacional de Valores prestó conformidad al texto de la Circular Nº 3514 del Merval referida al Hacedor de Mercado (la “Circular”), la cual entró en vigencia el 5 de diciembre de 2006.

El Hacedor de Mercado, figura que ya existe en Brasil pero que es inédita en la Argentina y en la mayoría de los países de Latinoamérica, deberá mantener en forma simultánea y durante todas las ruedas ofertas de compra y de venta de los valores negociables que coticen en el Panel Pymes, lo que permitirá mejorar la liquidez de estos activos.

Los Hacedores de Mercado serán Agentes de Bolsa o Sociedades de Bolsa autorizados por el Directorio del Merval e incluidos en el Registro de Hacedores de Mercado Pyme (el “Registro”), previo cumplimiento de los requisitos exigidos por la Circular y la normativa que se dicte en el futuro. Este Registro será llevado y publicado por el Merval. Los Hacedores de Mercado autorizados estarán obligados a asegurar su presencia durante todas las ruedas de negociación de los valores negociables que coticen en el Panel Pymes.

El Directorio del Merval podrá seleccionar a uno o más Hacedores de Mercado por cada especie Pyme, e incluso podrá autorizar que un Agente de Bolsa o una Sociedad de Bolsa actúe como Hacedor de Mercado simultáneamente en más de una especie Pyme. Conforme lo dispuesto en la Circular, el monto mínimo por oferta al que quedará obligado el Hacedor de Mercado será de $ 5.000.

El proceso de selección se definirá de acuerdo a la menor diferencia porcentual para ofertas de compra y venta que presenten los interesados. Este porcentaje, una vez aprobado, será el máximo a utilizar para fijar precios de ofertas de compra o venta y se aplicará respecto del último precio negociado. Asimismo, este porcentaje máximo debe ser informado por el Merval a los distintos participantes del mercado.

Periódicamente o a pedido del Hacedor de Mercado, el Directorio podrá aprobar y modificar el porcentaje ofrecido por aquél. Si ese porcentaje ofrecido no fuera aprobado, el Directorio del Merval podrá realizar una nueva selección entre los restantes Hacedores de Mercado inscriptos en el Registro. Asimismo, el Directorio del Merval podrá dar de baja del Registro y eximir de sus obligaciones al Agente de Bolsa o Sociedad de Bolsa que así lo solicite y cubrir esa vacante convocando a cualquier otro Hacedor de Mercado inscripto en el Registro.

Por último, con el objeto de incentivar el ingreso de las Pymes al régimen de cotización de valores negociables y su participación en el Panel Pymes, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires dictó la Resolución de Consejo Nº 6/2006 de fecha 26 de julio de 2006, en virtud de la cual resolvió otorgar a las Pymes una bonificación transitoria sobre los aranceles por publicaciones que les correspondía abonar a aquellas Pymes que se encontraban tramitando al 1 de junio de 2006 su ingreso al régimen de cotización o que les corresponda abonar a aquellas que soliciten la admisión a dicho régimen antes del 31 de mayo de 2007.