Ciertas empresas que concurran con el SENASA en tareas de control, certificación o asistencia sanitaria deberán registrarse en el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades
Empresas y entidades deberán acreditar la inscripción para seguir operando con este organismo sanitario: qué actividades comprende y cómo se implementará.

El 6 de junio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución n.° 500 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), que entrará en vigencia el 31 de julio de 2023. Allí se establece que todas las empresas y entidades que concurran con el SENASA en tareas de control, certificación o asistencia sanitaria deberán inscribirse ante el Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (RITE) de la Oficina Anticorrupción.
1. ¿Qué es el SENASA y cuáles son sus funciones?
El SENASA es un organismo descentralizado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca y del Ministerio de Economía de la Nación. Se encarga de ejecutar políticas nacionales relacionadas con la sanidad y calidad animal y vegetal, así como la inocuidad de los alimentos. También controla el tráfico federal y las importaciones y exportaciones de productos agroalimentarios y agroquímicos. El objetivo del SENASA es planificar y ejecutar programas para regular la producción de alimentos inocuos para el consumo humano y animal.
2. ¿Qué es el RITE?
El RITE es una plataforma impulsada por la Oficina Anticorrupción para que las empresas y entidades pueden registrarse y compartir información para contribuir al desarrollo y mejora de los programas de integridad, el intercambio de buenas prácticas y la promoción de ambientes transparentes en negocios y mercados. Este registro, que en su génesis se concibió como voluntario, permite también a los organismos públicos identificar los elementos del programa de integridad de las empresas que están interesadas en participar en sus contrataciones.
3. Implementación progresiva
La Resolución n.° 500/2023 del SENASA se implementará de forma progresiva, a través de un cronograma con etapas que el organismo determinará. Las actividades alcanzadas en la primera etapa están en la Resolución, y el SENASA será el encargado de incluir las restantes actividades en las próximas etapas.
Además, se creará la Mesa de Trabajo de Articulación Público-Privada para se implementar la medida, que funcionará en el ámbito de la Unidad de Integridad Pública del SENASA.
4. ¿Cuáles son las actividades comprendidas en la primera etapa?
En la primera etapa quedan comprendidas las empresas y entidades que concurran con el SENASA en tareas de control, certificación y/o asistencia sanitaria, específicamente en:
- Centros de tratamientos cuarentenarios de fumigación con bromuro de metilo.
- Centros de tratamientos cuarentenarios de frío.
- Centros combinados: fumigación con bromuro de metilo-frío.
- Empresas que aplican fumigantes en el ámbito del comercio internacional.
- Centros de aplicación de tratamientos a embalajes de madera, madera de soporte y/o acomodación (CATEM).
- Hornos secaderos tradicionales de madera (HOSETRAM).
- Registro de Entidades Certificadoras de Calidad en Alimentos.
- Registro de Entidades Funcionales oficialmente reconocidas.
- Registro Nacional de Entidades Certificadoras de Productos Orgánicos.
- Registro de Laboratorios de Ensayo y Diagnóstico de la Red Nacional de Laboratorios.
- Registro de Prestadores de Servicios del Programa de Residuos.
- Registro de Controladores y Certificadores de Granos y subproductos para exportar.
5. ¿Desde cuándo será exigible la inscripción en el RITE?
Las empresas y entidades que realicen actividades comprendidas en la primera etapa deben inscribirse en el RITE antes del 31 de julio de 2023, y obligatoriamente presentar ante el SENASA la constancia de inscripción. De lo contrario, los sujetos alcanzados en la primera etapa no podrán seguir operando con el SENASA en los términos actuales.
Esta nueva regulación se suma a la medida que el organismo había adoptado cuando dictó la Resolución n.° 708/2022, que exigió a las entidades certificadoras (p. ej.: entidades certificadoras de bodegas, tanques de buques y barcazas para exportar granos, sus productos y subproductos) que se inscriban en el RITE para continuar operando con SENASA a partir del 1 de abril de 2023.
6. Comentarios finales
Esta Resolución se emitió por un convenio suscripto entre el SENASA y la Oficina Anticorrupción en diciembre de 2022 para fortalecer la sinergia y el intercambio de experiencias, como así también mejorar las capacidades estatales para promover políticas de integridad y transparencia.
Será interesante seguir de cerca si esta tendencia se replicará en otras entidades públicas, y si alguno de los sujetos privados que quedarían obligados a inscribirse en el RITE cuestiona esas reglamentaciones.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.