ARTÍCULO

Apertura del “corralito”

El presente artículo analiza las implicancias de la apertura del “corralito”.
20 de Diciembre de 2002
Apertura del “corralito”

Un mes después del levantamiento de las restricciones a las extracciones de efectivo de las cuentas corrientes y cajas de ahorro bancarias, mediante la Resolución del Ministerio de Economía Nº 668/02, de fecha 22 de noviembre del corriente, las implicancias del final del denominado “corralito” comienzan a apreciarse.

* El levantamiento del corralito no fue acompañado por cambios significativos en el “corralón” (reprogramación de depósitos, Cedros).

* Se unificaron las cuentas a la vista en el sistema financiero mediante la incorporación de las ahora liberadas cuentas corralito al sistema de cuentas libres creado por el Decreto Nº 905/02 y normas complementarias (Comunicación “A” 3827 del BCRA).

* Ya no es necesario utilizar exclusivamente pesos “billete” para la compra de moneda extranjera, permitiéndose el uso de cheques propios del solicitante o débito en su cuenta, sin diferenciar según el concepto de compra (Comunicado Nº 45285 y Comunicación “A” 3826 del BCRA).

* La liberación del corralito trajo aparejado un aumento de las restricciones cambiarias, al incorporarse nuevos conceptos respecto de los cuales la compra de cambio por montos superiores a US$100.000 por mes calendario requiere conformidad previa del Banco Central. Como regla general, esta restricción se aplica a conceptos de inversión o atesoramiento, dentro de los cuales se incluye: inversiones inmobiliarias en el exterior, préstamos otorgados a no-residentes, aportes de inversiones directas en el exterior de residentes, inversiones de portafolio en el exterior de personas físicas, otras inversiones en el exterior de residentes, inversiones en el exterior de personas jurídicas, compra para tenencias de billetes extranjeros en el país, y compra de cheques de viajero (Comunicación “A” 3826 del BCRA).

* Respecto de los pagos al exterior por prestaciones de servicios, se aclaró que estos deben corresponder a servicios prestados por no residentes a residentes (Comunicación “A” 3826 del BCRA).

* La eliminación de las restricciones al retiro de los depósitos a la vista permite ahora el cobro de cheques en ventanilla y el pago de financiaciones en efectivo, pero sólo hasta la suma de $ 50.000. En los casos de sumas superiores, deben ser acreditadas en cuenta (Comunicado Nº 45.285 del BCRA).