Acuerdo entre la Argentina e India sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Cuestiones Aduaneras

El 26 de abril de 2011 la Administración Federal de Ingresos Públicos de la República Argentina y la Administración Aduanera de la República de la India (las “Administraciones Aduaneras”) suscribieron un Acuerdo sobre Cooperación y Asistencia Mutua en Cuestiones Aduaneras (el “Acuerdo”).
En virtud del Acuerdo, las Administraciones Aduaneras se comprometen a:
- cooperar y asistirse en la prevención, investigación y lucha contra ilícitos aduaneros,
- garantizar el cobro efectivo de deudas, impuestos y otras cargas aduaneras,
- intercambiar toda la información y documentación disponible para garantizar la aplicación de la legislación de cada una.
La información a intercambiar puede ser de lo más variada, incluyendo la referida a valuación, origen y clasificación arancelaria de mercaderías, procedimientos, técnicas y métodos aduaneros, legalidad de exportaciones e importaciones entre los países, etc.
Asimismo, las Administraciones Aduaneras mantendrán vigilancia y se brindarán información sobre mercancías, medios de transporte o locales que se sabe o se sospecha son utilizados para cometer ilícitos aduaneros, así como de las personas que se sabe que han cometido delitos aduaneros o se sospecha que los van a cometer.
La información intercambiada será de carácter confidencial y deberá ser utilizada exclusivamente dentro de los fines especificados por el Acuerdo. La información podrá ser presentada en procesos administrativos y judiciales.
El Acuerdo entrará en vigencia el primer día del segundo mes luego de que las Administraciones Aduaneras hayan notificado por escrito que los requisitos para la entrada en vigencia del Acuerdo han sido cumplidos en sus respectivos países.
La vigencia del Acuerdo podrá ser suspendida por cualquiera de ambas Administraciones Aduaneras en base a razones de interés nacional, orden público o salud pública.
El acuerdo podrá ser rescindido por cualquiera de ambas Administraciones Aduaneras mediando un preaviso de 3 meses.
Este insight es un comentario breve sobre novedades legales en Argentina; no pretende ser un análisis exhaustivo ni brindar asesoramiento legal.